¿DE QUÉ TRATA EL SERVICIO?

Los contribuyentes que operan en calidad de casa matriz en esta comuna y, además, mantienen sucursales con patente vigente, deben dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del D.L. 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales. Para estos efectos, deberán presentar en este municipio, en mayo de cada año, una declaración en que se incluya el número total de trabajadores que laboran en cada una de las sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial.

DOCUMENTOS A PRESENTAR PROCEDIMIENTO DEL TRAMITE
  • Presentación formulario de Declaración de Trabajadores
  • Recepción de capital propio por parte del Servicio de Impuestos Internos
  • Emisión de Certificado de Distribución de Capital Propio, y comunicación a cada municipalidad la proporción del capital propio que corresponda a cada sucursal.
PLAZOS
  • Plazo de presentación: hasta el 31 de mayo de cada año.
OTRAS CONSIDERACIONES
  • La declaración de trabajadores se utiliza para determinar el capital afecto a patente comercial correspondiente al periodo julio 2024 a junio 2025.
  • La no presentación de esta declaración en la fecha indicada, pagará a título de MULTA lo establecido en el Artículo 56 de la Ley Nº 3063 de 1979, Ley de Rentas Municipales. Esto es una multa de hasta tres Unidades Tributarias Mensuales.
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